La CEDH defiende a los migrantes; emite recomendación y pide a policías no actuar en contra de ellos.


Aguascalientes Ags., 26 de octubre.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos, a cargo del Ombudsman J. Asunción Gutiérrez Padilla, pidió a los responsables de la Fiscalía General del Estado, la Secretaría de seguridad Pública del Estado y a los titulares de las 11 corporaciones policiacas, para abstenerse de detener a migrantes por el solo hecho de estar en situación migratoria irregular.
En su recomendación general número seis, que puede consultar en su página de internet, la CEDH establece que “… se instale Fiscal General del Estado, Jesús Figueroa Ortega,  a instruir al personal a su cargo, de abstenerse de llevar a cabo verificaciones, revisiones y detenciones en contra de personas cuando se sospecha que se encuentran en condición irregular en el estado…” con relación a su condición migratoria.
De igual manera, la recomendación involucra al Secretario de Seguridad Pública Estatal, Porfirio Javier Sánchez Mendoza, para que sus elementos eviten verificar, revisar y detener a personas cuando exista la sospecha de ser extranjeros, haciendo extensiva, en los mismos términos, a los secretarios municipales de las policías en las 11 alcaldías del estado.
En el cuerpo de la recomendación establece que, no está en duda la actuación de los cuerpos de seguridad cuando los migrantes cometan faltas administrativas previstas en los códigos, o bien, cuando se vean involucrados en acciones que puedan constituir delitos. En esos casos, las policías no solo pueden, sino deben actuar conforme a sus propias obligaciones.
Respecto de la colaboración institucional que las policías puedan desarrollar con el Instituto Nacional de Migración, la CEDH establece que, si bien existe ese marco legal, ni la propia constitución faculta a autoridad alguna -porque no hay claridad- para proceder con la detención de migrantes, en cambio, la ley de migración, la Constitución federal y los tratados internacionales, garantizan que las personas no serán molestadas por autoridad alguna por ningún motivo que resulte discriminatorio.
Con motivo de la Reforma constitucional publicada en junio del 2011 se incorpora el principio de convencionalidad el cual Establece expresamente que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales en la materia favoreciendo en todo momento a las personas la protección más amplia considerando les la misma jerarquía ampliando la tutela y la protección y Estableciendo nuevos de haberes a los agentes estatales.
La convención Americana de los Derechos Humanos en su Artículo 7.3 y 25 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre,  establecen la arbitrariedad de este tipo de detenciones por lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que nadie puede ser sometido a la detención o encarcelamiento por causas y métodos que aún calificados de legales, puedan reputarse como incompatibles con el respeto fundamental del individuo.







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