FUERTE REVES DA LA SCJN AL CONGRESO DEL ESTADO.
Ordenan dejar de cobrar el DAP por
inconstitucional; los clientes de CFE se verán beneficiados con la sentencia.
Aguascalientes
Ags., 29 de mayo.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al
Congreso del Estado de Aguascalientes, no recaudar el 10% del Derecho de
Alumbrado Público (DAP) que se viene cobrando desde hace muchos años, con lo
que, los clientes de la CFE dejarán de pagar este impuesto.
En la sentencia publicada
esta semana en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, la SCJN dejó
en claro que el cobro de este derecho (que los magistrados lo aprecian como un
impuesto y no como un derecho) es inconstitucional, en consecuencia, invalidó su recaudación y ordenó al
Congreso del Estado de Aguascalientes, no contemplar en los ejercicios fiscales
subsecuentes al del 2018, este injustificado cobro.
La sentencia fue
emitida desde el pasado 4 de diciembre de 2018, sin embargo, apenas se
encuentra en proceso de notificación, iniciando con su publicación en el Periódico
Oficial del Estado, en su tercera sección de este lunes 27 de mayo.
La acción de
inconstitucionalidad la inició la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) en contra de las leyes de ingresos 2018 de los municipios de Aguascalientes,
Rincón de Romos, Pabellón de Arteaga, Asientos, Calvillo, El Llano, San
Francisco de los Romo, Tepezalá, San José de Gracia y Jesús María. El municipio
de Cosío quedó fuera porque en su ley de ingresos del año referido, ya no
consideró el DAP.
Sin embargo,
debido a que la sentencia fue emitida la primera semana de diciembre y
notificada hasta ahora, en el paquete económico 2019, sigue contemplado el
cobro del DAP, por lo que el Congreso del Estado tendrá que discutir si hace
una adecuación a las leyes de ingresos de los 10 municipios en cuestión para
prescindir del cobro del DAP, o se siguen de frente a terminar el año e
impactar la resolución de la SCJN hasta el paquete económico de 2020.
La resolución es
clara y refiere como el próximo ejercicio fiscal como el que ya no debe
contener el cobro del DAP al 2019, sin embargo, serán los legisladores quienes
determinen qué van a hacer respecto de lo que la Corte estableció y ordenó.
Por lo pronto, el
prescindir de este cobro, sin duda que abrirá un fuerte boquete a las finanzas
de los municipios de Aguascalientes, dado que el gasto en energía para el
alumbrado público es voluminoso.
Tomando como
referencia las leyes de ingresos 2019 de los tres municipios conurbados,
tenemos que Aguascalientes tiene proyectado una recaudación de 155.8 millones;
Jesús María 19.0 millones y San Francisco de los Romo, 15.0 millones de pesos.
Si bien las propias leyes facultan a los tesoreros a autorizar descuentos de
hasta el 80%, por lo pronto esos montos son los que técnicamente dejarían de
percibir de a cuerdo a la resolución de la SCJN.
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