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Sanciones de 300 mil pesos a cobradores "gansteriles" y 5 años de cárcel a quienes hagan peleas de perros.

Hasta 300 mil pesos de multa a quien usurpe o amenace a deudores. Hasta 5 años de prisión a quien entrene, exhiba, pelee o asista ...

Hasta 300 mil pesos de multa a quien
usurpe o amenace a deudores.

Hasta 5 años de prisión a quien entrene, exhiba,
pelee o asista a peleas de perros. 












Aguascalientes Ags., 22 de junio.-  A partir de hoy entraron en vigor las modificaciones al Código Penal Federal, que entre otras cosas, establece sanciones de hasta 300 mil pesos a personas o despachos de cobranza que practiquen terrorismo a los deudores, así como penas de prisión de hasta 5 años a quienes entrenen, organicen y asistan a peleas de perros.

De acuerdo al Diario Oficial de la Federación de este 22 de junio, fueron publicadas reformas a dicho ordenamiento en donde se especifica que las amenazas y cobranzas extrajudiciales, serán sancionadas de forma ejemplar.  Los artículos 282 a 284Bis, señalan que se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal.

“Si utiliza además documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán una mitad. Si incurre en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal”.

La reforma deja en claro que se entiende por cobranza extrajudicial ilegal, el uso de la violencia o la intimidación ilícitos, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales, incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza.

No se considerará como intimidación ilícita informar aquellas consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado a éstos cuando éstas sean jurídicamente posibles.

Por otro lado, en el tema del castigo a peleadores de perros, en el artículo  419 Bis indica que “se impondrá pena de seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días multa a quien: I. Críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole.

II. Posea, transporte, compre o venda perros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros; III. organice, promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para asistir a espectáculos que impliquen peleas de perros; IV. Posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros con conocimiento de dicha actividad; V. Ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, o VI. Realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a perros en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.

La sanción a que se hace mención en el párrafo anterior, se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos.

Incurre en responsabilidad penal, asimismo, quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, a sabiendas de esta circunstancia. En dichos casos se impondrá un tercio de la pena prevista en este artículo.

De esta forma se busca frenar las cobranzas ilegales y gansteriles en las que caen despachos de cobranzas así como frenar las peleas de perros, ambos problemas que son muy frecuentes en el país.


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Noticen.com.mx: Sanciones de 300 mil pesos a cobradores "gansteriles" y 5 años de cárcel a quienes hagan peleas de perros.
Sanciones de 300 mil pesos a cobradores "gansteriles" y 5 años de cárcel a quienes hagan peleas de perros.
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