Apunte electoral oportuno para los independientes que buscan reelección.

Por Lic. Enrique González Aguilar
Catedrático Universitario, con experiencia en Materia Electoral.



"REELECCIÓN DE UN MIEMBRO DEL AYUNTAMIENTO ELECTO POR LA VIA INDEPENDIENTE Y QUE SEA PROPUESTO PARA LA REELECCIÓN POR UN PARTIDO POLÍTICO". 

La sala Regional Guadalajara en días pasados resolvió que en el tema de la reelección tratándose de postulación de los integrantes del ayuntamiento que se pretendan reelegir podrá hacerse a través de Candidaturas Independientes siempre y cuando el candidato haya sido electo mediante ese mecanismo de participación política.

En el caso de los partidos políticos la postulación solo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que haya renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

En consecuencia, determinó que válidamente se puede sostener que en el artículo 115, fracción I, párrafo segundo, hay una norma implícita en el sentido de que los integrantes de los Ayuntamiento que fueron electos como candidatos independientes, para ser reelectos, tienen que postularse mediante ese mecanismo de participación.

También la Sala Superior ha sustentado que en el caso de los Integrantes de los ayuntamientos que fueron electos por la vía independiente y quieran participar en una reelección a un cargo de elección popular dentro de un ayuntamiento por un partido político, deben de haberse afiliado al partido político que los postule al menos antes de la mitad de su periodo constitucional en dicho ayuntamiento.




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