Apunte electoral oportuno para los
independientes que buscan reelección.
Por Lic. Enrique González Aguilar
Catedrático Universitario, con experiencia en Materia Electoral.
"REELECCIÓN DE UN MIEMBRO DEL AYUNTAMIENTO ELECTO POR LA VIA
INDEPENDIENTE Y QUE SEA PROPUESTO PARA LA REELECCIÓN POR UN PARTIDO POLÍTICO".
La sala Regional Guadalajara en días pasados resolvió que en el
tema de la reelección tratándose de postulación de los integrantes del
ayuntamiento que se pretendan reelegir podrá hacerse a través de Candidaturas
Independientes siempre y cuando el candidato haya sido electo mediante ese
mecanismo de participación política.
En el caso de los partidos
políticos la postulación solo podrá ser realizada por el mismo partido o por
cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren
postulado, salvo que haya renunciado o perdido su militancia antes de la mitad
de su mandato.
En consecuencia, determinó que
válidamente se puede sostener que en el artículo 115, fracción I, párrafo
segundo, hay una norma implícita en el sentido de que los integrantes de los
Ayuntamiento que fueron electos como candidatos independientes, para ser
reelectos, tienen que postularse mediante ese mecanismo de participación.
También la Sala Superior ha
sustentado que en el caso de los Integrantes de los ayuntamientos que fueron
electos por la vía independiente y quieran participar en una reelección a un
cargo de elección popular dentro de un ayuntamiento por un partido político,
deben de haberse afiliado al partido político que los postule al menos antes de
la mitad de su periodo constitucional en dicho ayuntamiento.
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