¿Qué se necesita para cocinar un caldo de camarón?

Por Sergio Rodríguez Prieto.


                       “…Ese superpoder tuyo de calentarme el corazón y la piel…”. Tal fue la frase con la que Mariana procede a darme bienvenida, después de una ausencia de días, al estar ambos involucrados (cada uno por su lado) en ineludibles y necesarios “eventos familiares”, para luego añadir: “…Quiero estar lejos de esta rutina, lejos de todo el mundo; quiero un rato a solas, conmigo misma, pero incluso ahí, quiero que tu presencia tenga cabida…”. El escenario pinta harto favorable; será seguro otro momento de éxito, como el que enseguida les doy a conocer.

                            Durante el tiempo que estuve al frente de la Dirección General Jurídica del Gobierno del Estado, en la administración del Ingeniero Miguel Ángel Barberena Vega, una de las actividades a desarrollar era la de llevar a cabo la coordinación de los Defensores de Oficio. De origen, tales funcionarios eran parte de la estructura del Poder Judicial, lo que constituía una ilógica en el ejercicio de poder, así que empezaron a surgir propuestas para ubicarlos en un supuesto de independencia administrativa, que ahora ya se tiene con el Instituto de Defensoría de Oficio, pero que en la década de los 90’s del siglo pasado, no se tenía idea clara de dónde colocarlos, y por ello su inclusión en tal Dirección Jurídica.

                            Por otra parte, y en el mismo supuesto, se encontraba el Defensor Público en materia federal, uno solo de ellos, puesto que solo se contaba en el Estado de Aguascalientes con un Juzgado de Distrito. Como todo trabajador, tenía dicho Defensor su derecho a gozar de períodos vacacionales (bueno, no sé si realmente los gozaba, pero de que tenía sus días de descanso, los tenía). ¿Quién lo suplía en ese tiempo en sus funciones? Por convenio existente con el Gobierno del Estado, cualquiera de los Defensores de Oficio del Estado, y como -reitero- yo era su coordinador, en determinado momento decidí no distraerlos de sus funciones, y me hice cargo de la suplencia correspondiente: dos semanas como sea pasaban rápido. Al presentarme al Juzgado de Distrito para recibir las “notificaciones” del día, recibo una ellas, consistente en que se daba a conocer el plazo que se concedía al Defensor para dar respuesta a las “conclusiones acusatorias” realizadas por el Ministerio Público Federal en específico proceso penal, plazo que al ser contabilizado, daba la posibilidad de que el Defensor titular  (en este caso, el Licenciado Jaime Macías de Luna) conocedor del tema, pudiera dar respuesta en tiempo y forma sin problema alguno. Pero…

                            Al enterarme del asunto en cuestión, resultó que el Ministerio Público Federal acusaba a dos procesados (pilotos de avión) del llamado Delito Contra la Salud en su Modalidad de Transporte de Marihuana. ¿Por qué ello? En su momento, y a partir de una previa información, agentes de policía federal se presentaron en las instalaciones del Aeropuerto del Estado de Aguascalientes, lugar en el cual ya había “aterrizado” una avioneta, la cual se abastecía de combustible cuando la presencia de los agentes. Al revisar estos el interior de la aeronave, localizaron en el piso, varias “semillas” de marihuana, y con tal evidencia (además de afirmar que del interior procedía un “fuerte olor” a cannabis), procedieron a “asegurar” la avioneta, una camioneta que estaba a disposición de uno de los pilotos, y por supuesto, a privar de la libertad a los dos pilotos, y ponerlos a disposición del Ministerio Público Federal en turno. Con ello, se inició el proceso penal, y solamente con ello, se decretó formal prisión, y solamente con ello, se pretendía sentencia condenatoria. Así que procedí a dar respuesta a las conclusiones acusatorias de la siguiente manera:

                            “…Señor Juez de Distrito. Primera pregunta: ¿Qué se requiere para cocinar un buen caldo de camarón? Respuesta fácil: evidentemente CAMARÓN. Difícil que sin tal ingrediente tengamos la posibilidad de cocinar tal guiso. Segunda pregunta: ¿Qué se necesita para condenar a los procesados por la comisión del delito Contra la Salud en la Modalidad de Transporte de Marihuana? También respuesta fácil: evidentemente MARIHUANA. Así que, sin camarón, no puede haber caldo; sin marihuana, no puede haber transporte…”. No hubo necesidad de diversa argumentación, sólo hacer referencia que en “autos” no existía constancia o medio de prueba alguno que avalara la existencia del psicotrópico aludido. Resultado: Sentencia Absolutoria, con libertad inmediata a los procesados (a los que nunca conocí físicamente) confirmada en segunda instancia. Años después me entero que los procesados absueltos regresaron a la ciudad a que se les devolviera tanto la avioneta como la camioneta (cuya propiedad acreditaron a plenitud), pero tales vehículos “ya no existían” físicamente (nunca supimos qué hizo la PGR con ellos): “virtudes del sistema inquisitivo”.

                            Concluyo hoy: tampoco se crean que con solo el camarón se tiene un buen caldo, ya que se requieren específicas virtudes para cocinarlo adecuadamente.

Aguascalientes, Ags.
22 de Noviembre de 2019.
Sergio Rodríguez Prieto.
                           

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