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Gobierno del Estado inició la revocación de la concesión del libramiento carretero poniente.

Gobierno del Estado inició la revocación de la concesión del libramiento carretero poniente. Aguascalientes Ags...



Gobierno del Estado inició la revocación de la concesión del libramiento carretero poniente.

Aguascalientes Ags., 4 de agosto.- El Gobierno del Estado, inició el procedimiento de revocación de la concesión para la construcción y operación del libramiento carretero poniente.
De acuerdo a la notificación publicada en la edición extraordinaria del Periódico Oficial de fecha viernes 3 de agosto 2018, en una acción sorpresiva por parte de la autoridad, luego de que se había informado sobre las negociaciones que se estaban llevando a cabo con los concesionarios, el gobierno del estado determinó revocar el titulo de concesión otorgado al grupo denominado Concesionaria de Autopistas S.A. de C.V., debido a que esta empresa ha incurrido en el incumplimiento de sus obligaciones conforme a lo establecido en el título de concesión, “contraviniendo a los principios de interés social y orden público que toda concesión debe respetar”, tales como: entregar información de manera anual al gobierno de estado –como lo establece el título de concesión–, cambios en los estatutos sociales y la estructura accionaria de la concesionaria, la creación de un fideicomiso, así como el incumplimiento de exhibir una garantía de cumplimiento.
La Secretaría General de Gobierno considera que “los incumplimientos en los que ha incurrido la concesionaria, actualizan diversas causales de revocación”, por ello emprendió el procedimiento administrativo para cancelar y revocar la concesión a favor de Gobierno del Estado y en contra de la concesionaria, que tiene 15 días para dar contestación al inicio de este procedimiento.
La publicación del Periódico Oficial establece que a la par de la revocación, se hará saber sobre el procedimiento a la Fiscalía General del Estado, para que realice las investigaciones correspondientes, respecto de la posible comisión de un delito.

Los incumplimientos al titulo causa de la revocación.
Gobierno del Estado estableció que se detectaron las siguientes causales por las que se entabló la revocación del titulo de concesión que implica la construcción de la infraestructura adicional a la ya existente del tramo carretero Libramiento Carretero Poniente: Cambios no autorizados a la estructura accionaria de la Concesión; Cambios no autorizados a los estatutos sociales; el incumplimiento en tiempo  y forma de la obligación de la concesionaria para otorgar una garantía del 3% de la inversión total de las obras: el incumplimiento en la creación de un fideicomiso privado de administración y el incumplimiento en el otorgamiento de información anual al Gobierno del Estado sobre el estado que guarda la concesión.

Cambios no autorizados a la estructura accionaria.
El 4 de julio de 2008, fue constituida la Sociedad Mercantil, Concesionaria de Autopistas S. A. de C.V.  quien recibió el titulo de concesión para el libramiento carretero poniente, con la siguiente estructura de accionistas: Cemex Concretos S. A de C. V. (Cemex); Pavimentos y Maquinaria S. A de C.V (Pavimaq); Grupo Ingenieros Civiles Arrendadores de Maquinaria S. A de C.V. (GICAM); K Grupo Empresarial del Centro S. A. de C. V. (K Grupo); LI Desarrollos S. A. de C. V. (LI Desarrollos) y Maquinaria e Ingeniería S. A de C. V. (MISA).
Del 2008 al 2016, esta estructura tuvo varias modificaciones no autorizadas por el Gobierno del Estado, destacándose, un interesante movimiento en el volumen de acciones, la salida de capitalistas originales  y la transitoria incursión de dos inversionistas, concretamente, Grupo Profrezac S. A de C.V. y de Rodolfo Landeros Verdugo. 
Tras cuatro variaciones a la estructura accionaria no autorizadas, concretadas a lo largo de ocho años, finalmente la estructura de accionistas quedó conformada de la siguiente manera: Pavimaq con el 12% de acciones; LI Desarrollos con el 12% de acciones y Profrezac con el 76% del total de las acciones que también sufrieron incrementos de capital, tampoco autorizados. Es de destacarse la incursión de un nuevo accionista mayoritario que no estaba en la estructura original, y la salida de varios de varios inversionistas originales.
Cambios no autorizados a los estatutos sociales.
En este apartado de causales para la revocación del titulo de concesión, baste señalar, como el cambio más relevante, la modificación del quorum para la toma de decisiones tales como: Modificaciones al objeto social de la Concesionaria; cambios en las formalidades para la trasmisión de acciones; modificaciones a la forma para la integración del Consejo de Administración  y una muy sustantiva: que se elimina la obligación de la unanimidad en la toma de decisiones de trascendencia para el grupo.
Incumplimiento en tiempo y forma para el otorgamiento de una garantía
En el titulo de concesión se estableció la obligación de la concesionaria para el otorgamiento de una garantía del 3% del monto total de la inversión objeto de la concesión. Esta garantía no fue presentada como se establece legalmente, que debió ser en el plazo de un día hábil anterior a la suscripción del titulo de la concesión.
Incumplimiento en la creación de un fideicomiso.
El grupo concesionario, tampoco cumplió de acuerdo a lo establecido en el titulo de concesión, con la creación de un contrato irrevocable de fideicomiso privado de administración, que permitiera establecer una fuente de financiamiento al proyecto y para el establecimiento del fiduciario con la institución financiera de la elección del propio gripo empresarial. En el Gobierno del Estado no existe evidencia de ese requerimiento de fundamental importancia.
Incumplimiento reiterado de no entrega de información a Gobierno del Estado.
Finalmente, la última causal que establece Gobierno del Estado para la revocación del titulo de concesión es, el incumplimiento reiterado de proporcionar información como: Estados financieros anuales, auditados y dictaminados por contador o despacho autorizado y certificado, así como un informe de los 12 meses anteriores de datos técnicos administrativos o estadísticos  de la concesionaria y el fideicomiso, que permita conocer el estado que guarda la concesión.
De esta forma, el Gobierno del Estado inició lo que sería el primer procedimiento para la revocación de un titulo de concesión emprendido por la actual administración estatal, lo que supone de entrada un litigio prolongado para encontrar una solución que permita que Aguascalientes cuente con un libramiento carretero que disminuya la presión a la circulación vial de la ciudad y sobre todo, la disminución de accidentes.





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