VIOLAN DERECHOS
DE UN MENOR DE EDAD EN EL PREKINDER 3C.
Denuncian caso del arbitrario cambio de nombre de un menor en el Instituto
Alpes; violan su derecho a la identidad.
Aguascalientes Ags., 8
de septiembre.-
A la redacción de Noticen llegó una delicada denuncia que sin duda las
autoridades de protección a los menores deberán tomar en cuenta, así como la
propia Comisión Estatal de Derechos Humanos. Los padres pidieron al colegio cambiar el apellido original del niño por el apellido de la actual pareja de la madre. Enseguida el texto original enviado a Noticen:
“En el grado de
prekinder ( aula 3C ) del Instituto Alpes de Aguascalientes, se encuentra
inscrito un menor que de conformidad con las leyes estales, la propia
Constitución e instrumentos de corte Internacional, goza del derecho a la
identidad como persona, es decir, a contar con nombre y apellidos que les
correspondan.
En efecto, tenemos que
el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
tutela el derecho a la identidad de las personas.
El artículo 13 de
la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolecentes para el Estado de
Aguascalientes, dispone que las niñas, niños y adolecentes cuenten con ese
derecho a la identidad.
La misma Ley en su artículo 19 establece que las niñas,
niños y adolecentes desde su nacimiento tienen derecho contar con nombre y apellidos que les correspondan,
conocer su filiación y su origen y preservar su identidad incluidos el nombre y
apellidos, así como sus relaciones familiares.
En el ámbito
internacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 8 dispone
que los Estados ( del que México es parte ) se comprometen a respetar el
derecho del niño a preservar su
identidad, nombre y las relaciones familiares.
Incluso dicho
precepto legal exige, que cuando un niño sea privado ilegalmente de alguno de
los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán
prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer
rápidamente su identidad.
En la misma línea,
la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en su artículo 18 se
dispone que toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres.
Ahora
bien, como se dijo al inicio, en el grado de prekinder denominado
“Bambolino” por el Instituto Alpes, se
encuentra inscrito un menor que desde su nacimiento cuenta con nombre y
apellidos que legalmente le corresponden y que se hicieron constar en el Registro Civil mediante un acta de
nacimiento.
Dicha
acta de nacimiento, fue proporcionada al Instituto Alpes de Aguascalientes para
cumplir con los requisitos necesarios para la inscripción e identificación del
menor al grado de prekinder citado, lo que genera que dicho instituto conozca y esté obligado a
respetar la identidad del menor de edad.
En
la caso concreto, tenemos que padres de familia del propio Instituto Alpes ha
denunciado la preocupación y molestia de la conducta de dicho instituto
educativo, al referirse a un menor de edad ( del que se habla ) de forma
diferente a la identidad que legalmente le corresponde, esto es, de diferente
apellido al que cuenta su acta de nacimiento.
Así,
los mismos padres de familia preocupados por la situación y que en su caso, no
fuera a pasar lo mismo con sus hijos, cuestionaron al instituto educativo sobre
estos hechos, reconociendo dicho instituto tal situación y manifestando que fue
por órdenes de la actual pareja sentimental de la madre del menor.
Con
estos hechos, se tiene una flagrante violación a los derechos humanos del menor
en su identidad, porque esta, con independencia de las personas y los sentimientos,
deben ser protegidos en franco respeto al menor y a los dispositivos legales
internacionales, nacionales y estatales de los cuales emanan dichos derechos
del menor.
Los mismos padres
de familia, no se explican cómo si el objeto del instituto es formar alumnos
con valores familiares, puedan acceder a los intereses emocionales de una
persona y dejar de lado los derechos del menor.
La familia ampliada
del menor ( abuelos, tíos, etc ) están ya trabajando las acciones legales en
contra, tanto del Instituto Alpes de Aguascalientes como de la persona que
cuenta con la custodia del menor y permite que su pareja no tenga la capacidad
emocional de entender la identidad de un menor de edad.
Por
su parte, las autoridades competentes que tengan conocimiento de estos hechos,
deben abrir una investigación de oficio para la inmediata protección de los
derechos del menor que están siendo minados.
Post A Comment:
0 comments: