VIOLAN DERECHOS DE UN MENOR DE EDAD EN EL PREKINDER 3C.

Denuncian caso del arbitrario cambio  de nombre de un menor en el Instituto Alpes; violan su derecho a la identidad.


Aguascalientes Ags., 8 de septiembre.- A la redacción de Noticen llegó una delicada denuncia que sin duda las autoridades de protección a los menores deberán tomar en cuenta, así como la propia Comisión Estatal de Derechos Humanos. Los padres pidieron al colegio cambiar el apellido original del niño por el apellido de la actual pareja de la madre. Enseguida el texto original enviado a Noticen:


“En el grado de prekinder ( aula 3C ) del Instituto Alpes de Aguascalientes, se encuentra inscrito un menor que de conformidad con las leyes estales, la propia Constitución e instrumentos de corte Internacional, goza del derecho a la identidad como persona, es decir, a contar con nombre y apellidos que les correspondan.

En efecto, tenemos que el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tutela el derecho a la identidad de las personas.

El artículo 13 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolecentes para el Estado de Aguascalientes, dispone que las niñas, niños y adolecentes cuenten con ese derecho a la identidad.

La misma Ley  en su artículo 19 establece que las niñas, niños y adolecentes desde su nacimiento tienen derecho contar con nombre y apellidos que les correspondan, conocer su filiación y su origen y preservar su identidad incluidos el nombre y apellidos, así como sus relaciones familiares.

En el ámbito internacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 8 dispone que los Estados ( del que México es parte ) se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, nombre y las relaciones familiares.

Incluso dicho precepto legal exige, que cuando un niño sea privado ilegalmente de alguno de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.

En la misma línea, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en su artículo 18 se dispone que toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres.

       Ahora bien, como se dijo al inicio, en el grado de prekinder denominado “Bambolino”  por el Instituto Alpes, se encuentra inscrito un menor que desde su nacimiento cuenta con nombre y apellidos que legalmente le corresponden y que se hicieron constar en  el Registro Civil mediante un acta de nacimiento.

       Dicha acta de nacimiento, fue proporcionada al Instituto Alpes de Aguascalientes para cumplir con los requisitos necesarios para la inscripción e identificación del menor al grado de prekinder citado, lo que genera  que dicho instituto conozca y esté obligado a respetar la identidad del menor de edad.

       En la caso concreto, tenemos que padres de familia del propio Instituto Alpes ha denunciado la preocupación y molestia de la conducta de dicho instituto educativo, al referirse a un menor de edad ( del que se habla ) de forma diferente a la identidad que legalmente le corresponde, esto es, de diferente apellido al que cuenta su acta de nacimiento.

       Así, los mismos padres de familia preocupados por la situación y que en su caso, no fuera a pasar lo mismo con sus hijos, cuestionaron al instituto educativo sobre estos hechos, reconociendo dicho instituto tal situación y manifestando que fue por órdenes de la actual pareja sentimental de la madre del menor.

       Con estos hechos, se tiene una flagrante violación a los derechos humanos del menor en su identidad, porque esta, con independencia de las personas y los sentimientos, deben ser protegidos en franco respeto al menor y a los dispositivos legales internacionales, nacionales y estatales de los cuales emanan dichos derechos del menor.

Los mismos padres de familia, no se explican cómo si el objeto del instituto es formar alumnos con valores familiares, puedan acceder a los intereses emocionales de una persona y dejar de lado los derechos del menor.

La familia ampliada del menor ( abuelos, tíos, etc ) están ya trabajando las acciones legales en contra, tanto del Instituto Alpes de Aguascalientes como de la persona que cuenta con la custodia del menor y permite que su pareja no tenga la capacidad emocional de entender la identidad de un menor de edad.

       Por su parte, las autoridades competentes que tengan conocimiento de estos hechos, deben abrir una investigación de oficio para la inmediata protección de los derechos del menor que están siendo minados.


        





      



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