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ALBAZO LEGISLATIVO AL PODER JUDICIAL; VÍA FAST TRACK, BUSCAN REFORMAR EL JUEVES LA CONSTITUCIÓN.

ALBAZO LEGISLATIVO AL PODER JUDICIAL; VÍA FAST TRACK, BUSCAN REFORMAR EL JUEVES LA CONSTITUCIÓN.   Especial de Noticen.   Aguascalientes Ags...



ALBAZO LEGISLATIVO AL PODER JUDICIAL; VÍA FAST TRACK, BUSCAN REFORMAR EL JUEVES LA CONSTITUCIÓN.

 

Especial de Noticen.

 

Aguascalientes Ags., 26 de junio 2023.- No habían transcurrido 48 horas de que fue presentada al Pleno Legislativo la iniciativa turnada por el Ejecutivo para reformar la Constitución Política del Estado para reformar al Poder Judicial, las y los diputados de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales sesionó el sábado pasado y dictaminó dicha iniciativa.

 

En una acción relámpago que llevó a los legisladores a trabajar en sábado -día inhábil para el Congreso-, la Comisión dictaminadora dio su aprobación para que el próximo jueves, última sesión del periodo ordinario, sea subida al Pleno para su aprobación.

 

En lo que bien puede considerarse como un albazo legislativo al Poder Judicial, el dictamen de ley reformará 13 artículos, creará al menos 11 más, así como un nuevo capítulo relativo a la creación del Tribunal Administrativo que suplirá a la actual Sala Administrativa y que estará integrada por cinco magistrados dos más que como está actualmente, además de que formarán la Sala Constitucional.

 

Las y los diputados que integran la Comisión dictaminadora, se apuraron a reunirse el sábado pasado en una sesión que no les llevó mucho tiempo y en la que analizaron la propuesta formulada por el Ejecutivo. Solo dos poseen el título de abogados mientras que los tres restantes, son, contador privado, contador público y médico cirujano. Presidenta, la panista Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba, abogada (UVM); Secretario, el panista Francisco Sánchez Esparza, Contador privado (Academia Ramírez); Vocal, la verde ecologista Genny López Valenzuela, médico cirujano (UAA) y la vocal morenista Irma Karola Macías Martínez, abogada (U. Cuauhtémoc). Sobre ellos recaerá esta reforma que de entrada se presenta compleja porque no está despojada de coyunturas.

 

 

De acuerdo con expertos consultados por Noticen, la iniciativa, hoy convertida en dictamen, presenta inconsistencias y rasgos de inconstitucionalidad respecto de la Carta Magna, uno de ellos, por ejemplo, es que, se contradice la iniciativa dictaminada en el artículo 51, pues señala que el Poder Judicial es el encargado de administrar justicia, pero en los artículos anteriores que crean al Tribunal de Justicia Administrativa, esta tarea de impartición de justicia ya no recae en el Poder Judicial sino en una persona moral con autonomía distinta, ajena del Poder Judicial.

 

Además, contiene cambios trascendentales al Consejo de la Judicatura a la que le restan capacidad institucional para ejercer autonomía al Poder Judicial, quitándole, por ejemplo, la facultad de proponer el nombramiento de magistraturas, pues esa facultad pasará directamente al Poder Ejecutivo y Legislativo.

 

Siguiendo en el tema de la reforma propuesta para hacer cambios al Poder Judicial, especialistas apuntan que de transitar el texto tal cual fue presentado, el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia ya no podrá ser reelecto de acuerdo con el 4º párrafo del artículo 51 de la iniciativa, y de acuerdo con el artículo 52 tampoco podrá integrar Sala al terminar su mandato, luego entonces, ¿qué va a hacer? ¿retirarse?

 

“La iniciativa está dirigida a minar la actuación del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, a que no se pueda reelegir como presidente y a que no integre Sala cuando termine su periodo de presidente, amén de que se le quitan facultades para el sano ejercicio de su encomienda como titular de uno de los tres poderes.

 

Por ejemplo, se propone derogar la fracción IV del artículo 57 quitándole al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia la facultad de conocer del nombramiento y remoción de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado, lo que evidentemente minaría el margen de actuación como titular del Poder con los consecuentes riesgos en el ejercicio de sus facultades como titular, debilitando así su actuación.

 

Se propone la creación de la Sala Constitucional que estaría integrada por cinco magistrados electos por mayoría del Pleno por un plazo de cinco años, “sin que puedan coincidir dos magistrados integrantes por cada Sala colegiada. Quienes ocupen la Presidencia del Supremo de Justicia o de alguna de sus Salas colegiadas, no podrán ser elegibles para la integración inmediata como integrantes de la Sala Constitucional”.

 

Ahora el Supremo Tribunal tendría 11 Magistraturas, 5 de los cuales serán de la Sala constitucional y los otros 6 sacarán todo el trabajo que actualmente les toca; más magistrados y casi la mitad de ellos dispersos en una estructura, la Sala Constitucional, que para muchos resulta innecesaria pues al final, los casos irán a parar a la Justicia Federal, un gasto oneroso con poca funcionalidad técnica.

 

Otro ejemplo de la riesgosa aprobación de la reforma tiene que ver con la “rotación de jueces y normas relativas al trabajo diario del Poder Judicial y a sus necesidades se están dejando en el texto constitucional, es delicado porque limita la actuación del poder judicial en el futuro”.

 

“El Consejo de la Judicatura formulará el presupuesto de egresos del Poder Judicial, cuando en la actualidad solamente coadyuva con el presidente del Supremo Tribunal de Justicia para ese efecto. A pesar de ser un organismo técnico de carácter administrativo todos los consejeros deberán ser abogados, porque ahora, para ser consejero de la Judicatura se requiere lo mismo que para ser Fiscal General del Estado.

 

Para ser Fiscal General se requerirá: 1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, originario del Estado o con residencia en él no menor de cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la designación. 2. Poseer título de licenciado en derecho con una antigüedad mínima de diez años al día de la designación. 3. Tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación. 4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de ningún culto. 5. No haber tenido cargo de Secretario o su equivalente en el Poder Ejecutivo del Estado, Fiscal General del Estado o su equivalente, diputado federal o local o dirigente de partido político durante el año previo al día de su designación.

 

Uno de los expertos consultados por Noticen consideró que con esta reforma “La Controversia Constitucional y la Acción de Constitucionalidad Estatal,  planteadas en la reforma, implican un retroceso, hace más de 15 años algunos Estados lo han intentado, es absurdo, todo está regulado en el 105 de la CPEUM y resuelve la SCJN, no necesita el Estado de Aguascalientes un “Tribunal Constitucional” que a final de cuentas siempre podrá ser revisada su actuación por los órganos del Poder Judicial de la Federación”.

 

¿Cuánto dinero va a costar este Tribunal al Estado de Aguascalientes? ¿Cuánto beneficio va a darnos? ¿No es más importante invertir en Salud, Seguridad y en Educación?


Respecto del Juicio para la protección de los derechos humanos de carácter local, la iniciativa dice que es para proteger los derechos humanos reconocidos por la Constitución local, (En la reforma a la CPEUM del 2011 fueron positivizados éstos y dentro del bloque Constitucional están previstos en los tratados Internacionales) de la misma manera se puede convertir en un retroceso, pues los juicios van a durar más tiempo, ¿tendremos en algunos casos 4 instancias? Esto va a generar por lo menos en materia penal, impunidad”.


Así, el Congreso del Estado, convertido en oficialía de partes, dio trámite sin hacer ninguna modificación a la iniciativa presentada por el Ejecutivo y que presenta serias deficiencias que harían vulnerables los cambios que se buscan hacer al Poder Judicial.


 

 

 

 

 

 

 

 

 


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