Lo Llaman Empoderamiento
Por Sergio Rodríguez Prieto.
15 de enero 2020.
“…Soy
mi ideal de mujer. Me lo repetiré cuantas veces lo necesite, porque no hay otro
concepto sobre mí, ni otro amor que me importe más que el mío propio, y con eso
me basta…”.
Mariana
Demasiada
seguridad me asusta, y mas si tomamos en cuenta a que partir de los últimos acontecimientos agrega a su discurso que “…Este año
me golpeó de maneras que nunca imaginé, pero
esa es la magia de la vida, lo inesperado, las caídas y pruebas que nos llevan
al límite para sacar lo mejor de nosotros. Al final entendí que las personas
tienen fecha de expiración, son tan buenas pero se van en un instante sin pedir
permiso, su nombre se queda haciendo ecos en el alma aunque nunca regresen a
abrazarnos nuevamente. Perdí muchas cosas, perdí personas que pensé estarían
a mi lado en estas fechas, pero el mañana es impredecible, el ayer merece ser
recordado solo por quienes dejaron una
huella de amor en nosotros. Y saben qué, me
prometo ser mejor, por las personas que perdí, por las veces que me falle, me
levantaré nuevamente
más fuerte y seré mi
mejor versión. Existen muchos sueños por cumplir, muchas razones para sonreír y
voy a vivir cada momento como si fuese el ultimo, seré feliz y
lo haré por
mí…”. ¿Hasta dónde resulta válido ser autosuficiente?
Esto
me recuerda, como sea, y con toda proporción guardada, una mala historia, real y mala
historia: era justo un lunes, aproximadamente a las quince horas, cuando a la
puerta de la oficina del Ministerio Público de guardia en las instalaciones de
la entonces Policía Judicial, se presentaron de improviso dos sujetos del sexo
masculino llevando prácticamente “a rastras” a una joven mujer, y los tres
-valga el concepto- “bañados en sangre”. Uno de ellos atinó a decir: “…Acaba
de matar a su novio…”. Y
lo clásico: mientras te enteras de lo sucedido, procedí a la privación de la
libertad de los citados.
Ese
lunes, la mujer cumplía años
(no más de veintitrés), por lo que su “novio” le organizó su
festejo. A temprana hora fue por ella a
su lugar de trabajo (zona de tolerancia) para dirigirse a un domicilio ubicado
en el entonces fraccionamiento “Norte”, en compañía de tres conocidos del sexo
masculino: fiesta de cinco. Comenzó el festejo con la ingesta lógica de alcohol
de mala calidad. Aproximadamente a la una de la tarde, uno de los invitados se
retira por sentirse mal físicamente. El resto continúa. El novio, futuro
occiso, comienza a “jugar” con la festejada, simulando una pelea, y ella, de
manera amable le advierte: “…No me
hagas eso… me vas a hacer enojar, y luego no respondo…”. El novio no atiende. Resultado: el enojo
anunciado. Toma unas tijeras que se encontraban a su alcance y con ellas
responde al “agresor”, utilizándolas en su cuerpo de todas las maneras
posibles. Agotada por la acción, el
resto de los presentes que nada hicieron para evitar el resultado, al verla ya
cansada, procedieron a trasladarla a la Dirección de Policía Judicial.
Ubicado
el domicilio del evento, me dirigí
al lugar, al que accedí sin dificultad puesto que la puerta de ingreso se
encontraba abierta. De inicio un pasillo y en el segundo cuarto ubicado a la
izquierda, el cadáver de un sujeto del sexo masculino, con múltiples
heridas punzantes (más de sesenta), ubicadas en diversas partes del cuerpo,
sobre todo en tórax, y con los genitales “separados” de su cuerpo.
Evidente la causa de muerte, corroborada por la necropsia realizada.
De
regreso a la oficina, para llevar a cabo la integración de la averiguación previa de entonces, reconozco
a la chica. Poco más de un año antes de ese día, había ejercitado acción penal
en su contra por haber intervenido en una riña con tres o cuatro mujeres en su
lugar de trabajo, y porque a una de las rijosas de una mordida, le “arrancó” los
dedos meñique y anular de la mano izquierda. La pena que le impusieron no
alcanzó los dos años, precisamente porque en la consignación por lesiones decidí y destaqué que se
presentaban las variables de riña y tenía el carácter de provocada. Obtuvo beneficios
y alcanzó rápido su libertad por ello.
En
este nuevo asunto, la consigné solo
por homicidio, pero junto a quienes presenciaron el hecho (los dos “aprehensores”),
por no haber evitado el resultado, estando en condiciones de hacerlo: “calidad
de garante”, le llaman. El juez del proceso ante ello, primero se rió; luego
ordenó la libertad de “los testigos”; enseguida le expliqué en que consistía
tal “calidad de garante” (tema del cual ni puta idea tenía); luego se asustó;
así que solo le impuso nueve años de prisión a la procesada. No apelé…
Años después estuvo procesada por delitos contra la
salud… desconozco su destino final. Era joven, era hermosa, la conocían como “La
Loba”…
Aguascalientes, Ags.
15 de Enero de 2020.
Sergio Rodríguez Prieto.
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