DELICADA DENUNCIA.
Estudiantes de medicina acusan que no hay condiciones de seguridad para regresar a los hospitales.
Aguascalientes Ags., 28 de abril 2020.- Estudiantes de medicina que fungen como médicos internos de pregrado en hospitales, piden a las autoridades universitarias y de salud en el estado, así como a las correspondientes del IMSS e ISSSTE, reconsiderar su regreso a los hospitales el próximo 1 de mayo, debido a que no hay las condiciones de seguridad necesarias ante la epidemia de covid19.

En un escrito dirigido a los titulares de salud en el estado y de las instancias federales de salud, así como al propio rector Francisco Javier Avelar González, y que a continuación se publica de forma íntegra, exponen las razones por las que no están dispuestos a reintegrarse en los hospitales para continuar su proceso de enseñanza, entre otras cosas, por la crisis de contagios que hay en hospitales que ni siquiera son Covid, no se cuentan con los materiales y protocolos para evitar contagios. 

A continuación el escrito de referencia:


Aguascalientes, Ags. 27 de abril 2020
Dr. en C. Francisco Javier Avelar González
Rector de la Universidad Autónoma de Aguascalientes
Dr. Miguel Ángel Piza Jiménez
Secretario de Salud del Estado de Aguascalientes
Dr. Armando Ramírez Loza
Director General del Centenario Hospital Miguel Hidalgo
Dr. Óscar Antonio Martínez Rodríguez
Delegado Estatal del Instituto Mexicano del Seguro Social en Aguascalientes
Dr. Manuel Moscoso Rincón
Subdelegado Médico del ISSSTE en Aguascalientes

PRESENTE
A nombre del cuerpo de médicos internos de pregrado de Aguascalientes en funciones a la fecha (se anexa hoja de nombres), respetuosamente comparecemos para exponer:
Antecedentes.
La Norma Oficial Mexicana NOM-033-SSA3-2013 Educación en Salud establece los criterios para la utilización de los establecimientos para la atención médica como campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina; publicada en el Diario Oficial de la Federación el Martes 21 de octubre de 2014 establece:
4. Definiciones.
4.5 Estudiante, a la persona inscrita en una institución de educación superior, que cumple con los requisitos académicos y administrativos para realizar ciclos clínicos.
4.8 Internado de pregrado, al ciclo académico teórico-práctico que se desarrolla en campos clínicos y forma parte del plan de estudios de la licenciatura en medicina.
4.9 Interno, a la persona inscrita en una institución de educación superior que cumple con los requisitos académicos, administrativos y jurídicos para realizar el internado de pregrado.
De conformidad con estas disposiciones, estuvimos cumpliendo con las obligaciones que nos impone el plan de estudios de la licenciatura en medicina, adscritos a los campos clínicos que nos fueron asignados a pesar de las medidas adoptadas por la comunidad universitaria UAA en el sentido de acatar la Jornada Nacional de Sana Distancia por motivo de la Pandemia por COVID-19, del 21 de marzo al 19 de abril del año en curso.
Médicos Internos de pregrado:
1. El internado médico de pregrado es parte esencial en la formación del médico general. Es importante la continuidad de las actividades académicas y asistenciales en los servicios de atención a derechohabientes con otras patologías, asegurando el cumplimiento y continuidad de su programa académico. Por lo anterior debe realizarse un llamado a la participación de los médicos internos, en beneficio del desarrollo de competencias ante eventos emergentes de salud en su futuro profesional.
2. Sin embargo, el Instituto Mexicano del Seguro Social respetará las disposiciones que emitan las instituciones educativas respecto a la permanencia de este grupo de alumnos en nuestras instalaciones ante esta Contingencia COVID-19; y no se aplicarán sanciones ni administrativas ni académicas para quienes se retiren.
3. Si existen médicos internos que decidan continuar con sus actividades en nuestras unidades de atención médica, podrán hacerlo bajo el esquema de guardias ABCD de acuerdo con las disposiciones emitidas en el oficio circular 048, que destaca entre otros que deberán contar con el equipo de protección correspondiente a sus actividades.
El 7 de abril de 2020 la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, a nombre del Director General, el Dr. Javier Mancilla Ramírez emitió el oficio No. DGES-DG-0436-2020 en relación con la Jornada Nacional de Sana Distancia por COVID-19:
al conocer la propuesta de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Medicina, A. C., consideró un retiro parcial y temporal de los médicos internos de pregrado, con el objetivo de fortalecer las acciones de capacitación relacionada con la contingencia sanitaria y lograr una reorganización necesaria en los servicios con el fin de mejorar las capacidades de los establecimientos médicos y garantizar la seguridad de los MIP.
Hemos acordado que el periodo en el que este retiro parcial y temporal de los médicos internos de pregrado puede llevarse a cabo es del 8 al 30 de abril del presente año”
De acuerdo con lo anterior, la Jefatura de Enseñanza del campo clínico de nuestras unidades de adscripción nos ofreció retirarnos voluntariamente ya que, como lo establece la NOM-033-SSA3-2013 los Médicos Internos de Pregrado somos estudiantes inscritos en una institución de educación superior, cuyas disposiciones son las que rigen nuestra actuación durante el ciclo académico teórico-práctico que se desarrolla en campos clínicos y forma parte del plan de estudios de la licenciatura en medicina. Así lo hicimos la mayoría de nosotros, comprometidos con nuestra vocación y anteponiendo, en todo momento, el derecho a la salud de nuestras familias.

Hechos.
Nuestra experiencia de estancia en los campos clínicos nos ha permitido conocer las condiciones en las que opera el sistema de salud en Aguascalientes. Durante el ejercicio de nuestras actividades de formación práctica y académica hemos trabajado con muchas carencias, pero con mucho profesionalismo y entrega; somos conscientes de la grave circunstancia de salud que aqueja al mundo y a nuestro país; somos y hemos sido partícipes de las acciones encaminadas al entendimiento, contención y solución de la pandemia, implementadas por las instituciones de salud en las que realizamos nuestras actividades como Médicos Internos de Pregrado. Expresamos nuestra preocupación debido a las carencias materiales, falta de protocolos adecuados e incluso violaciones que atentan contra nuestra salud incluyendo el hecho de que se han presentado contagios intrahospitalarios en hospitales declarados NO COVID.
Como referencia, en los Estados Unidos de América, la Asociación Americana de Colegios Médicos (AAMC) comunicó que los estudiantes no deben participar en el área hospitalaria al momento de la pandemia y se reservarán para una situación crítica en la cual se considera la participación de los estudiantes de forma voluntaria.
El pasado 21 de abril la Universidad Autónoma de Aguascalientes que es la institución que nos rige emitió un comunicado en alcance a la ampliación de las medidas implementadas por la Secretaría de Salud con la finalidad de salvaguardar la salud e integridad de la sociedad en general, donde establece:
Seguirán restringidas las actividades presenciales de los estudiantes prestadores de prácticas profesionales hasta el 30 de mayo del presente. Se deberá acordar con las unidades receptoras retomar sólo aquellas acciones que se puedan llevar a cabo a distancia.
Sin embargo, aclara: “Dicha acción no incluye a las carreras del Centro de Ciencias de la Salud, que se rige a través de los lineamientos del Sector Salud.”     Esta disposición nos deja en estado de indefensión, ya que la NOM-033-SSA3-2013 establece que somos estudiantes inscritos en una institución de educación superior que desarrolla parte del plan de estudios de la licenciatura en medicina en campos clínicos del sector salud y por lo tanto es aquella quien nos rige.
El miércoles 22 de abril de 2020 la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, a nombre del Director General, Javier Mancilla Ramírez emitió el oficio No. DGES-DG-441-2020, en el cual se emiten los siguientes acuerdos:
1.   Se reitera que todo el personal en formación que se ubique en alguna condición considerada como factor de riesgo para enfermedad grave por COVID-19, como embarazo o periodo de lactancia, enfermedades crónicas no transmisibles (pulmonar, cardiaca, hepática, metabólica, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes, hipertensión) o inmunosupresión (adquirida o provocada); deberán ser retirados del servicio y asignarles tareas a distancia durante el tiempo de la contingencia, a menos que la institución educativa decida otorgar la liberación anticipada del servicio social, en cuyo caso deberá informarlo de inmediato a la unidad de salud receptora para los trámites administrativos que establece la normatividad correspondiente.
2.   Se reitera que los médicos internos de pregrado (MIP) y pasantes de servicio social de todas las carreras de la salud sin factores de riesgo para enfermedad grave por COVID-19, deberán mantenerse en las unidades en que están adscritos, o reincorporarse a partir del 01 de mayo de 2020. En el caso de que sus unidades hayan sido designadas para la atención de pacientes COVID-19, serán reubicados en áreas de menor riesgo, determinadas por los SESA en acuerdo con las instituciones educativas de procedencia, en donde continúen apoyando los servicios asistenciales o participen en tareas de promoción y prevención de la salud.
3.   En caso de que la unidad de salud no disponga de los insumos de protección personal necesarios para el cumplimiento de los programas académicos y operativos de los MIP y pasantes de todas las carreras de la salud, según el nivel de riesgo en que estén asignados, la institución educativa de procedencia y la unidad de salud receptora establecerán de común acuerdo las medidas y estrategias para proveerlos.
El viernes 24 de abril el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la Coordinación de Educación en Salud emitió el Oficio N° 09 B5 61 61 2510/20001624 acerca de las disposiciones para médicos internos de pregrado y pasantes de las carreras afines al área de salud, durante la contingencia COVID-19 citando lo siguiente:
Los médicos internos de pregrado sin factores de riesgo para enfermedad grave por COVID-19 se reincorporarán a sus actividades a partir del día 1° de mayo de 2020, bajo las siguientes condiciones:
a.    Los alumnos adscritos a hospitales de atención 100% COVID-19, serán reubicados solo en hospitales híbridos (atención COVID-19 y no COVID-19) y en aquellas determinadas para atención de patologías no COVID-19 en servicios de bajo riesgo para COVID-19 con los EPP correspondientes al servicio de rotación y de los procesos de atención clínica.
b.    Esquema de guardias A,B, C, D con jornadas de 24 horas
c.     Se continuará la capacitación y asesoría necesaria en temas relacionados con COVID-19 por profesores y autoridades locales.
Conforme a sus atribuciones, corresponde a la Secretaría de Salud emitir las normas oficiales mexicanas, con las cuales las instituciones de salud establezcan las bases para la utilización de sus instalaciones y servicios en la formación de recursos humanos para la salud.
En atención a lo antes expresado, esta dependencia emite la NOM-033-SSA3-2013 “Criterios para la utilización de los establecimientos para la atención médica como campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina”, a fin de vigilar el derecho a la protección de la salud y preservar la calidad de los servicios de salud, mientras se desarrollan las actividades de enseñanza tutorial - aprendizaje ante el paciente.
Según el anteproyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-033-SSA3-2018 Educación en Salud. Criterios para la utilización de los establecimientos para la atención médica como campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina:
4. Términos y definiciones
4.8 Instrumento consensual, al documento jurídico que se establece de común acuerdo entre una institución de salud y una de educación superior, donde se estipulan los mecanismos de coordinación para el desarrollo de los programas académico y operativo correspondientes a ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina en los campos clínicos.
4.9. Internado de Pregrado, al ciclo académico teórico-práctico que se desarrolla en campos clínicos y forma parte del plan de estudios de la licenciatura en medicina.
4.10 Interno, al estudiante inscrito en una institución de educación superior, que cumple con los requisitos académicos, administrativos y jurídicos para realizar el internado de pregrado.
5. Disposiciones generales
5.1 Los ciclos clínicos y el internado de pregrado son responsabilidad de las instituciones de educación superior y se deben llevar a cabo conforme a lo establecido en esta norma y en las demás disposiciones jurídicas aplicables.
5.4 Los instrumentos consensuales que se celebren con motivo de esta Norma, como mínimo deben:
…5.4.5 Establecer los mecanismos mediante los que se determinará la participación de los estudiantes e internos en la atención de emergencias o desastres ambientales, antropogénicos o epidemiológicos. 
6. Disposiciones para las Instituciones de Salud
…6.2 Establecer, en coordinación con las instituciones de educación superior, las actividades de supervisión, asesoría y evaluación del desempeño de los estudiantes o internos en campos clínicos, durante las cuales se debe corroborar que los establecimientos para la atención médica cumplan con las condiciones necesarias de infraestructura, mobiliario, equipamiento, seguridad e insumos, de acuerdo con lo establecido en la presente Norma.
Testimonios:
1. HGZ #3 Aguascalientes, Aguascalientes: Presencia de brote intrahospitalario de COVID-19, entre ellos personal de enfermería, técnicos y médicos radiólogos.
2. HGZ #7 Monclova, Coahuila.: Sobre la falta de medidas universales de protección, presencia de casos sospechosos entre MIPs, negación de la realización de pruebas para SARS-COV-2 y de prestación de servicios de salud para los estudiantes.
3. Hospital General Dr. Gregorio Salas, Hospital de Especialidades Belisario Domínguez, Hospital General Dr. Enrique Cabrera y Hospital General Ajusco Medio Dra. Obdulia Rodríguez; Falta de pago de la beca desde que inició el internado médico y no respuesta por parte de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
4. Hospital de Especialidades Belisario Domínguez. Sobre la falta de pagos, reubicación de sede y falta de soluciones por parte de sus autoridades.
5. HGZ #1 Saltillo, Coahuila: Sobre la falta de medidas universales de protección, falta de material de desinfección.
6. Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición, Ciudad de México: Reubicación de sedes, suspensión temporal del programa de internado médico en la sede origen, sedes destino sin insumos de protección y desinfección.
7. Hospital Regional Licenciado Adolfo López Mateos, Ciudad de México: Sobre evaluar el estado de salud de los Médicos Internos de Pregrado, con enfermedades crónico-degenerativas, para definir su permanencia en la sede hospitalaria. Programación de guardias de 24 horas en la modalidad ABC, falta de equipo de protección, evitar conglomerados de gente y derechos del médico.
8. Hospital General de Subzona + Unidad de Medicina Familiar 26, Cabo San Lucas: Sobre la falta y negación de equipo de protección personal, presencia de brote intrahospitalario de COVID, con siete casos de contagio hacia médicos internos de pregrado.
9. Hospital General de Zona 197 “Texcoco”: Sobre la falta de respuesta tanto de la Facultad de Medicina como de las autoridades del hospital sede por la falta de pruebas en los médicos internos de pregrado, ya que se ha reportado el contagio confirmado por pruebas de PCR, de varios compañeros internos de otras instituciones educativas, de manera externa a la institución y a pesar de eso, hay varios compañeros en estado de “sospechoso” que se les niega realizar la prueba confirmatoria.
Basados en las siguientes referencias normativas:
NOM-033-SSA3-2018 Criterios para la utilización de los establecimientos para la atención médica como campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado
NOM-017-SSA2-2012 Para la vigilancia epidemiológica.
NOM-045-SSA2-2005 Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.
NOM-016-SSA3-2012 Características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
Hacemos las siguientes

Declaraciones.
1.   Los Médicos Internos de Pregrado seguimos siendo estudiantes universitarios no titulados, por lo anterior la universidad de procedencia tiene la potestad y la responsabilidad de velar por nuestra seguridad.
2.   Los Médicos Internos de Pregrado somos estudiantes de medicina; no somos suplentes de los trabajadores de la salud.
3.   Entendemos y asumimos el compromiso de capacitación académica tal y como lo recomendó la Dirección General de Calidad y Educación en Salud en su comunicado del 16 de abril del presente año.
4.   Expresamos nuestra inconformidad para retornar a los campos clínicos durante la Fase Tres de la pandemia, en la que por definición se producen  contagios masivos, ya que no tenemos aseguradas las medidas de protección personal para preservar nuestra salud y con ello la de nuestras familias.
5.   Nos reservamos el derecho a la salud, consagrado en el Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
6.   Solicitamos que aquellos internos que VOLUNTARIAMENTE decidan permanecer en sus unidades de adscripción puedan hacerlo; previa concientización de todos los riesgos asociados con la atención clínica de los pacientes durante la pandemia, incluyendo procedimientos durante la atención y el tratamiento; efectos de la infección sobre las comorbilidades del voluntario; consecuencias académicas en caso de contagio y la elaboración de la documentación pertinente en la que se dictamine el estatus de voluntario, para darle certidumbre jurídica.
Propuestas.
·     Determinar, en conjunto con las autoridades universitarias y de salud, que los médicos internos de pregrado permanezcan en resguardo domiciliario durante la fase 3 y 4 de la pandemia por COVID-19 y continúen cumpliendo con el programa académico establecido con actividades no presenciales, sin afectar su conclusión en tiempo y forma.
·     Consolidar sesiones didácticas clínicas no presenciales que complementen el aprendizaje de los médicos internos de pregrado, según el programa académico y operativo del internado médico, utilizando los recursos digitales para continuar con los objetivos de aprendizaje y cumplir el compromiso de capacitación académica.
·     Establecer una línea de comunicación directa, estrecha y constante entre el Centro de Ciencias de la Salud y los representantes de grupo de cada sede hospitalaria, para la adecuada retroalimentación respecto de nuestras actividades académicas, en apego al programa educativo y el cumplimiento de las condiciones propuestas por la Universidad a cada institución de salud.
·     Involucrar a los médicos internos de pregrado en el entorno de telesalud, para permitirles participar de manera activa en la educación de otros miembros de la comunidad médica y a la población en general.
·     Reincorporación a nuestras actividades habituales en cuanto se den las condiciones de seguridad y se cuente con los insumos necesarios sugeridos por la Organización Mundial de la Salud para enfrentar la pandemia.

Solicitamos la respuesta urgente y oportuna de las autoridades competentes para garantizar la protección personal de los estudiantes y sus familias ante la pretendida reincorporación a nuestras actividades durante la Fase Tres de la Contingencia Sanitaria por COVID-19 el próximo 1 de mayo de 2020.

Protestamos lo necesario.
ATENTAMENTE
MÉDICOS INTERNOS DE PREGRADO DE AGUASCALIENTES

c.c.p.       Dra. Paulina Andrade Lozano – Jefa del Departamento de Medicina de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
c.c.p.       Dr. Martín Galaviz de Anda – Director de Internado Médico de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
c.c.p.       Dra. Erika Lorena Vega Silva – Coordinador Auxiliar Médica de Educación en Salud. Delegación Estatal del IMSS de Aguascalientes. Coordinación de Planeación y Enlace Institucional.
c.c.p.       Dra. Margarita Muro Parra – Jefa de Enseñanza del Hospital General de Zona #1 de Aguascalientes.
c.c.p.       Dr. Omar Villagrana Vargas – Jefe de Enseñanza del Hospital General de Zona #2 de Aguascalientes.
c.c.p.       Dra. Carmen Imelda Orozco González – Jefa de Enseñanza del Hospital General de Zona #3 de Aguascalientes.
c.c.p.       Dra. Cecilia Francisca Montoya Delgado – Jefa de Enseñanza del Hospital General Tercer Milenio de Aguascalientes.
c.c.p.       Dra. Uri Carina Caro Rodríguez – Jefa de Enseñanza del Hospital General de Pabellón de Arteaga, Aguascalientes.
c.c.p.       Dr. Santiago Fernández Estrada – Subdirector Médico del Hospital General del ISSSTE en Aguascalientes.


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