Aprueban fuertes sanciones a quienes distraigan pensiones alimenticias de menores, ancianos y discapacitados.



Aguascalientes Ags., 11 de marzo 2021.- Las diputadas Paloma Amézquita y Guadalupe de Lira, expresaron su beneplácito por la aprobación de la iniciativa que presentaron de forma conjunta para castigar severamente a quienes distraigan las pensiones alimenticias que deben emplearse para la manutención de menores, ancianos y discapacitados.

Ahora, con las reformas al Código Penal del Estado de Aguascalientes, se amplió en un párrafo el artículo 146 del mencionado código para incluir, como constitutivo de delito de abuso de confianza, la conducta relativa a “El disponer o utilizar para sí o para otro los bienes que le son transmitidos como obligación alimentaria en virtud de su relación de patria potestad, tutela, guarda o custodia con la víctima, para un fin distinto u omitir destinarlo a ésta última”.

Al respecto, Paloma Amézquita señaló que actualmente son muchos los casos en los que los sujetos obligados entregan pensión alimenticia, y a pesar de que cumplen puntualmente con la entrega de recursos de manutención, quienes están a cargo de personas dependientes, los gastan para temas diversos al que deberían emplearse.

Esto equivale a como si el deudor alimentario no cumpliera con su obligación porque para fines prácticos, las personas vulnerables quedan en la indefensión, porque se gastan el dinero en otros conceptos menos por el que fue generado el recurso.

Por su parte, la diputada Guadalupe de Lira dijo que, hasta antes de la reforma aprobada hoy, el marco legal de protección a menores respecto del derecho a la alimentación, se centraba específicamente en que el deudor alimentario cumpliera con sus obligaciones.

“Esto no fue suficiente porque, a pesar de que cumplen con dar el sustento, finalmente se emplea para otras cosas menos para la alimentación sana, suficiente y inoportuna para los menores que son dependientes de quienes están a cargo de ellos”.

Sobre las sanciones, las legisladoras propusieron, y el Congreso las aprobó, que se penalice a quienes desvíen estos recursos a fines distintos a la manutención de los menores, con las sanciones que ya están establecidas para el delito de abuso de confianza como lo es: “I. 6 Meses a 2 años de prisión y de 15 a 100 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial no exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;

“II. 2 a 4 años de prisión y de 100 a 150 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, pero no de trescientas;

III. 4 a 10 años de prisión y de 150 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

Finalmente confiaron en que, de ahora que entre en vigor los cambios, quienes están a cargo de menores, personas de la tercera edad y discapacitados, pensarán dos veces en gastar el dinero para otros fines ya que, las multas pudieran ir de los 1,344.3 pesos (15 UMAs) a los 17,924 (200 UMAs) y de seis meses hasta 10 años de prisión, dependiendo de la gravedad de cada caso.


















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